Su Vivienda

martes, 7 de febrero de 2006

Amparados por la Constitución

Ya mucha gente sabrá que la Constitución Española nos otorga el derecho a disfrutar de una vivienda digna, pero esto sólo se refleja en el plano teórico porque cuando hay que llevarlo a la práctica no hay por donde cogerlo. Sólo quiero dejar plasmado el artículo 47 de la Constitución para que nunca se olvide este derecho y exigir que se cumpla.

"Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación. La comunidad participará en las plusvalías que genere la acción urbanística de los entes públicos."

Ahí queda eso.

Amparados por la Constitución

1 Comentarios:

Anonymous Anónimo dijo...

Con este artículo se ha hecho mucha demagogia, especialmente desde las filas de rojos antisistema, pero no sólo.

Cualquier estudiante de primero de Derecho sabe que una cosa son los derechos fundamentales, que son irrenunciables y que el Estado está obligado proteger a toda cosa (por ejemplo, el derecho a la vida); y otra cosa son los principios rectores de la vida social y económica, entre los que se encuentra nuestro cuadragésimo séptimo amigo. En otras palabras: el Estado (esto es, el Gobierno de turno) debe dictar sus políticas económicas y sociales pensando en que todo el mundo tiene derecho a una vivienda, pero nadie puede presentarse delante del Minis... juas... terio de la Vivienda y decir "denme una casa, por el artículo 47, no sean anticonstitucionales".

15 febrero, 2006 10:20  

Publicar un comentario

Volver a Su Vivienda