Su Vivienda

jueves, 26 de octubre de 2006

La fianza y el depósito en el alquiler de pisos

En los contratos de alquiler aparecen necesariamente dos términos que influyen notablemente a la hora de decantarse por escoger un piso u otro como inquilino: la fianza y el depósito. En la bitácora de EnAlquiler se plantea la siguiente pregunta: ¿Cuánto se paga de fianza y si es legal pedir un depósito adicional?

Resumidamente, en el caso de la fianza responden que la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) insta a pedir como máximo hasta un mes de fianza, específicamente expone que si el uso del inmueble se destina a vivienda se exigirá y prestará la fianza en metálico a la celebración del contrato. En cuanto al depósito adicional se entiende como legal que el casero solicite al futuro inquilino una garantía para el alquiler de su vivienda, además de la fianza.

La lectura completa de la pregunta con una conveniente respuesta se puede encontrar en la siguiente página de EnAlquiler: ¿Cuánto se paga de fianza, es legal pedir un depósito adicional y quién tiene que pagar la basura?

La fianza y el depósito en el alquiler de pisos

0 Comentarios:

Publicar un comentario

Volver a Su Vivienda