Su Vivienda

jueves, 20 de abril de 2006

Todo sobre los pisos en alquiler

El alquiler de un piso debe realizarse con las mayores garantías posibles, tanto por parte del arrendatario como del propietario. Por este motivo cuando se busca un piso en alquiler hay que tener en cuenta una serie de consejos:
  • Para el alquiler de una vivienda conviene no ir con prisas, y conocer perfectamente las condiciones que andamos buscando. Además, de fijarnos unos límites en lo que respecta al alquiler del piso.
  • El piso ha de reunir las características mínimas que esperamos, en términos de ubicación, servicios, orientación, dimensiones y, por supuesto, el precio del alquiler de la vivienda.
  • Evidentemente es muy importante plantearse nuestra capacidad para pagar el alquiler del piso. Fijar un precio máximo es tarea indispensable.

Pisos en alquilerExiste mucha más información que es interesante recabar antes del alquiler de la vivienda. En el registro de la propiedad se encuentran datos acerca del casero, con lo que se podrán consultar las condiciones del arrendamiento. En el momento de visitar la vivienda se puede supervisar todos los detalles que nos van a afectar en la vida diaria, como el estado de las instalaciones de luz, agua y gas. Seguramente se presente el momento de hacer un inventario con todos los objetos que componen el hogar, para dejar constancia de la situación actual de la vivienda.

El propietario del piso en alquiler evidentemente desea verse protegido ante una posible irregularidad que se produzca en el contrato. Para protegerse de estas situaciones existen una serie de fórmulas a las que se acoge el arrendatario. Siendo la más común depositar una fianza que cubra el tiempo de alquiler de un mes. Con esta seguridad se cubren los desperfectos que pudieran observarse en el instante del abandono de la vivienda. También, para prevenir posibles demoras en el pago por parte del inquilino, se suele solicitar un aval o una copia de la nómina por un importe específico. Este pago suele ser el de varias mensualidades, para que el propietario pudiera hacer frente a un imprevisto abandono del piso.

Y para finalizar, alguna serie de derechos y obligaciones contemplados:
  • El pago de la fianza para el alquiler es obligatorio y su cuantía es la de un mes.
  • Las reparaciones de conservación de la vivienda son por cuenta del propietario, en cambio las reparaciones originadas por el uso diario del piso estaran a cargo del inquilino.
  • El tiempo del alquiler se estipula en 5 años, a no ser que se indique otro periodo en el contrato.
Y después de esto sólo queda recomendar que consultes en sitios oficiales, como el ministerio de vivienda (www.vivienda.es), para contrastar la información aquí ofrecida.

Todo sobre los pisos en alquiler

2 Comentarios:

Anonymous Anónimo dijo...

Hola Chato!

Queria poner un comentarito yo tambien respecto a esto del alquiler.

Para guiar a la gente algo mas les diria que se pasaran por este articulo del suplemente de Su Vivienda de El Mundo con fecha 21/04/2006.

Por otro lado, queria comentar mi experiencia en el tema del alquiler, pues llevo casi un año y medio como inquilino.

En mi caso tuve que depositar una finanza por valor de 2 meses de alquiler. La fianza, como suele suceder, se la entregamos al propietario, en vez de a la comunidad de madrid, donde legalmente deberia de estar, y por periodo de 1 mes... pero luego en la practica cada propietario exige lo que quiere debido a la gran demanda que existe con el alquiler. Y esto que parece una tonteria, lo de depositar la fianza en la comunidad de madrid (o de donde vivas, vaya), me ha cerrado algunos beneficios fiscales...

Por otro lado, a mi me exigieron un aval bancario correspondiente a 6 mensualidades, y no un año como se esta pidiendo en muchos sitios ya. De esta forma no tienes que dejar "muerto" tanto dinero en el banco, ya que el aval bancario para el alquiler es totalmente DIFERENTE al de una compra. En el caso del alquiler, debes ser TU quien DEPOSITE el valor del aval en el banco, en una cuenta especial, que te genera un gasto mensual + gasto de formalizacion del aval, notaria, etc. Aparte, el banco te intentara meter otros gastos absurdos como tarjetas de credito, nuevas cuentas asociadas y demas mierda para robarte todo lo que puedan.

Para terminar este chorizo de comentario, decir unicamente que el aval supuestamente deberia irse renovando hasta que finalice el contrato de alquiler, pero que en muchos casos (supongo, pues en el mio asi fue), se puede negociar/hablar con el propietario para rescindir dicho aval. Para esto lo mejor es pagar religiosamente y con mucha puntualidad.

Ah, y solo una nota mas. Sobre los gastos de la casa, quien debe pagar que, decir que la cosa esta un tanto liada, pero mi consejo es que SIEMPRE antes de hacer nada que te genere un gasto (siendo inquilino), hables con tu casero para ver quien lo deberia de pagar... aunque normalmente tu casero te dara largas, XDDD.

Un saludo desde los Moncloas! :)

21 abril, 2006 12:41  
Anonymous Anónimo dijo...

mirar esta web a lo mejor os ayuda, es de anuncios de alquiler en madrid, está bastante bien.
http://www.habitacionmadrid.com

saludos.

20 noviembre, 2007 16:15  

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