Su Vivienda

jueves, 4 de septiembre de 2008

Solucionar los retrasos en el pago del alquiler

Es habitual escuchar casos de inquilinos que pagan el importe del alquiler con cierta demora, pero tampoco queremos alarmar y creemos que la mayoría de los alquileres se desarrollan con total normalidad. En cualquier caso es conveniente conocer qué se puede hacer en estos casos y, al mismo tiempo, lo que marca la ley. Un lector de la bitácora EnAlquiler plantea una pregunta al respecto.

Como noción principal se puede señalar que, normalmente, el retraso en el pago del alquiler no representa un incumplimiento del contrato, por lo que no cabe lugar a solicitar el abandono de la vivienda. Esta disposición es igualmente válida incluso si el contrato contempla un plazo de abono del importe.

Sin embargo, si la actitud del inquilino reflejara una manifiesta voluntad de provocar perjuicios al arrendador seguramente se podrían iniciar trámites judiciales para resolver el contrato.

De todos modos, como se suele recomendar en estas situaciones, lo mejor es intentar llegar a un acuerdo amigable entre las dos partes para evitarse complicaciones. Puedes leer el planteamiento original en EnAlquiler: ¿Qué puedo hacer con un inquilino que se retrasa en pagar el alquiler?

Solucionar los retrasos en el pago del alquiler

0 Comentarios:

Publicar un comentario

Volver a Su Vivienda